Área privada

La tranquilidad de la que disfrutas en tu casa es una sensación impagable. Protegerla frente a las amenazas, ya sean de intrusos o de accidentes, es una necesidad. Sin embargo, ¿es obligatorio el seguro de hogar?

Según los datos que arroja el documento ‘Los percances patrimoniales en España en 2022’, de UNESPA, la patronal que agrupa a las compañías de seguros,  en nuestro país hay 21 millones de propiedades aseguradas, entre principales y segundas viviendas. Madrid y el País Vasco destacan en aseguramiento, mientras que las dos provincias canarias y Cuenca muestran las tasas más bajas.

Si cruzamos esta cifra con los 26,6 millones de viviendas contabilizadas por el Instituto Nacional de Estadística en su último censo, podríamos deducir que cerca del 79 % de los inmuebles que conforman el parque residencial español cuenta con un seguro de hogar. Una información que también podría interpretarse a la inversa: algo más de un 21 % no dispone de una póliza multirriesgo.

¿Es obligatorio el seguro de hogar?

Esta es, probablemente, una de las dudas más planteadas a la hora de adquirir (o alquilar) una vivienda. Y su respuesta es muy sencilla: no. En España no existe la obligación de suscribir una póliza de hogar, excepto en dos casos:

El artículo 10 del Real Decreto 716/2009 establece que es obligatorio el seguro de hogar en estos supuestos, como mínimo con la cobertura de protección básica contra incendios y daños. Si bien, que sea imperativo en ambas circunstancias no implica que se tenga que firmar con la misma entidad bancaria. La Directiva Europea sobre Hipotecas y la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario prohíben vincular la contratación de préstamos hipotecarios a otro tipo de seguros (hogar, vida, etc.) y productos bancarios.

Con la aprobación de la primera Directiva Europea sobre Hipotecas en el Parlamento Europeo, a finales de 2013, se reguló la total libertad del usuario para escoger su compañía aseguradora con independencia de la institución bancaria en la que tenga su hipoteca.

La Directiva Europea sobre Hipotecas firmada en 2013 evita que los bancos obliguen al hipotecado a contratar un seguro con la misma entidad.

¿Qué consecuencias supone no tener póliza de hogar?

Desde una perspectiva legal, no es obligatorio asegurar tu vivienda de un modo integral salvo los supuestos detallados anteriormente. Sin embargo, carecer de un seguro de hogar puede suponer un riesgo para ti y tu domicilio. Una amenaza sobre todo económica, ya que en caso de cualquier incidente casero o siniestro -como una filtración de agua, por ejemplo-; o a la hora de necesitar asistencia en el hogar, deberás asumir todos los costes de la reparación. Esto aplica tanto a tu casa como a los inmuebles de terceros.

Además, la póliza no solo te protege frente a contingencias domésticas que puedan afectar a la habitabilidad, sino que hasta las más sencillas cubren también posibles robos, ofreciendo una compensación económica por el valor de lo sustraído o hasta la cantidad establecida en el contrato. Resarcimiento al que, en caso de no tener este tipo de garantías suscritas, no podrías acceder.

¿Qué coberturas ofrece un seguro de hogar?

Los contratiempos en el día a día de una vivienda son impredecibles, y no siempre se tiene el presupuesto para afrontarlos. ¿Cuáles son los percances más comunes que cubren las pólizas de hogar?

Debes tener en cuenta que existen distintos tipos de seguros de hogar. Productos que, por lo general, brindan diversos niveles de protección. La mejor manera de saber qué cubre la póliza en la que estás interesado es consultar a la empresa aseguradora. De esta manera podrás constatar todas las opciones posibles, qué coberturas ofrece, qué exclusiones contempla y cuál es el coste. Conocer al detalle las garantías contratadas te ayudará, sin duda, a sacar todo el partido a tu seguro de hogar.

Una de las coberturas que se encuentra incluida incluso en los seguros más básicos es la de inundaciones y daños provocados por el agua.

Una de las más comunes y sencillas es la garantía de Responsabilidad civil general, que proporciona asistencia a terceros que se vean afectados por agua o incendio en tu vivienda. Aplicada a la gama de seguros de hogar de Santalucía, cubriría tanto tu defensa como las cantidades que haya que abonar a alguien que te reclama por los daños sufridos (personales y materiales) y de los que eres responsable en el ámbito de la vida privada.

Pero para proteger tu inmueble de una forma más completa, debes optar por un seguro de hogar que contemple dos conceptos capitales de la vivienda:

  • Continente: la parte estructural de la propiedad, desde techos a instalaciones.
  • Contenido: los bienes presentes en ella, como muebles, electrodomésticos, joyas y, en algunos casos, dinero en efectivo. Este último solo si se encuentra en el interior del domicilio en el momento del siniestro.

Esencial en toda póliza es también la cobertura de reclamación de daños. Este elemento garantiza que, al producirse un accidente en tu casa, la compañía aseguradora será la encargada de hacer las reclamaciones -ya sean amistosas o por vía judicial- respecto a los perjuicios que sufran terceros.

Por último, no podemos olvidarnos de otras coberturas básicas de los seguros de hogar, como, por, ejemplo, los gastos de inhabitabilidad, que cubre el coste que suponga trasladar el contenido del inmueble afectado por un siniestro, así como el alojamiento en un hotel u otra vivienda; o la conexión con profesionales para valorar la realización de cualquier reparación o reforma en tu casa no cubierta por la póliza.

Como ves, pese a que no es obligatorio el seguro de hogar salvo alguna excepción, la realidad es que contar con uno puede hacer tu vida mucho más fácil y evitarte sorpresas desagradables. Su finalidad: salvaguardar nuestra vivienda de daños materiales e imprevistos de diversa índole que puedan acontecer. Lo único que necesitas es encontrar el que más se ajuste a tus necesidades.

 
 

Descubre las coberturas que ofrecen los seguros de hogar de Santalucía y protege lo que más importa. ¡No esperes más!

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