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Quedan excluídas las coberturas de Fallecimiento por Accidente Simultáneo y Fallecimiento por Accidente de Circulación en caso de uso de motocicletas.
Fallecimiento por accidente*Fallecimiento por accidente:En caso de fallecimiento del Asegurado a causa de un accidente, se abona al beneficiario designado la suma asegurada para esta contingencia.
Fallecimiento por accidente simultáneoFallecimiento por accidente simultáneo:En caso de fallecimiento del Asegurado y de la 2ª persona designada a causa del mismo accidente y en el plazo de un año desde el acontecimiento, se abona al beneficiario designado un capital adicional igual al de Fallecimiento por Accidente, con un límite máximo de 90.000 euros.
Fallecimiento por actos violentosFallecimiento por actos violentos:En caso de fallecimiento del Asegurado producido como víctima de un robo, tentativa de secuestro o agresión, se abonará al beneficiario designado un capital adicional igual al de Fallecimiento por Accidente.
Fallecimiento por accidente en el hogarFallecimiento por accidente en el hogar:El fallecimiento debe ocurrir en el hogar familiar, entendiendo por tal el domicilio habitual del Asegurado, así como otras viviendas que, estando a disposición del mismo, tengan como uso el de casa-habitación.Se abona al beneficiario designado una suma asegurada adicional e igual a la de fallecimiento por accidente.
Invalidez permanente parcial*Invalidez permanente parcial:Se abona al asegurado, el capital que corresponda según el baremo de porcentajes y el capital contratado sobre la suma asegurada para esta contingencia.
Subsidio por hospitalización por accidente* 30.0060.00Subsidio por hospitalización por accidente:La hospitalización debe ser a consecuencia de un accidente y por tiempo superior a 24 horas.Se abona al asegurado un subsidio diario de 30 ó 60 euros, según se escoja (incluidos los días festivos) a contar desde el momento en que hayan transcurrido 24 horas desde la hospitalización y mientras dure la misma, con el límite máximo de un año.
Asistencia en viajeAsistencia en viaje:Ofrece asistencia en viaje en España y en el Extranjero, garantizando servicios importantes en caso de tener contratiempos o accidentes durante su viaje:- Anulación del viaje, Demora, cancelación del viaje o pérdida de conexiones y Servicio de información para viajes al extranjero.- Reembolso de gastos por demora en la entrega de equipajes y localización de equipajes.- Envío de documentos y objetos personales olvidados.- Regreso anticipado de Asegurados que se encuentren de viaje.- Prolongación de estancia en hotel en el extranjero.Y en caso de accidente, hospitalización u otros imprevistos mientras viaja:- Desplazamiento de un acompañante junto al Asegurado hospitalizado y gastos de estancia para acompañante.- Asistencia domiciliaria a la familia en caso de desplazamiento junto al asegurado y asistencia a hijos menores del Asegurado hospitalizado.- Gastos médicos de urgencia a consecuencia de enfermedad o accidente graves en el extranjero.- Anticipo de fondos por accidente, enfermedad o robo, fianza judicial y honorarios de Abogado en el extranjero.- Depósito de fianza por hospitalización en el extranjero, Intérprete en caso de hospitalización en el extranjero.
Asistencia sanitariaAsistencia sanitaria:Prestaciones que se garantizan:Traslado en ambulancia por enfermedad o accidente ocurridos en España, hasta el hospital más próximo.Asesoramiento médico telefónico (24 horas).Segunda Opinión Médica.Cirugía plástica, como consecuencia de un accidente.1ª Prótesis ortopédica acústica, dental u óptica necesaria a consecuencia de un accidente, a juicio de los facultativos.El límite de cobertura para todas las coberturas es de 3.000 euros.
Asistencia domiciliariaAsistencia domiciliaria:El asegurado debe haber estado ingresado en un hospital y habérsele prescrito una inmovilización en su domicilio superior a 4 días. Se elabora un Plan Asistencial con el asegurado.Límite de 600 euros y por un tiempo máximo de 2 meses.
Protección jurídica integralProtección jurídica integral:Asistencia Jurídica Telefónica.Reclamación de daños personales.Derecho Administrativo.Obtención de documentación Administrativa y Defensa Penal.Seguridad Social y Fiscalidad (excepto seguro para amas de casa).Tramitación de sanciones por circulación de vehículos a motor.Gestión de la declaración de herederos...Reclamación del pago de facturas (sólo seguro para autónomos).Defensa ante reclamaciones del servicio doméstico (sólo seguro para amas de casa).
Fallecimiento por accidente circulaciónFallecimiento por accidente circulación:Se abona al beneficiario designado un capital adicional igual a la suma asegurada por Fallecimiento por Accidente.
Gran invalidez por accidenteGran invalidez por accidente:Se abona al asegurado una suma adicional igual a la establecida para la Invalidez Permanente.
Fallecimiento por infarto de miocardio 30,000.00Importe:Se abonará al beneficiario designado la suma asegurada para estas contingencias, con un límite máximo de 30.000 euros.
Fallecimiento del cónyuge por accidente 30,000.00Importe:El fallecimiento debe ser del cónyuge o persona con la que conviviese de forma permanente (en ambos casos deberá estar expresamente identificada en las condiciones particulares). Se abona a la asegurada la suma adicional igual a la establecida por la garantía de fallecimiento por accidente.
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