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Cuando tienes una vivienda arrendada, uno de los principales inconvenientes que puedes enfrentar es que tu inquilino deje de pagar. En este contexto, contar con un seguro de alquiler te protegerá frente a arrendatarios morosos y cubrirá los gastos de defensa jurídica en los que incurras. Pero también es importante que asumas una actitud proactiva desde el primer momento. Si estás buscando orientación sobre las acciones a seguir en caso de rentas impagadas, a continuación, te detallamos todos los pasos.

La falta de pago de las cuotas de alquiler constituye, según la legislación vigente, un incumplimiento flagrante del contrato de alquiler.

Generalmente, el impago se soluciona de forma cordial, recurriendo al diálogo. No obstante, si crees que la situación no tiene arreglo, debes actuar pronto, puesto que cada día que pierdes, es un día más que tardarás en recuperar tu propiedad.

La vía amistosa: intentar llegar a un acuerdo con el inquilino

El impago del alquiler es uno de los mayores riesgos que corres como arrendador. En España, la media de mensualidades pendientes del contrato de arrendamiento asciende a los 3.200 euros y la mitad de los casos ya se encuentra por encima de los 2.750 euros, según un informe de Unespa, la patronal de las aseguradoras españolas.

Las situaciones de impago de alquiler siempre se deben intentar solucionar mediante el diálogo y la persuasión.

Por supuesto, una cosa es retrasarse unos días en el abono de la cuota, y otra muy diferente es dejar de pagar más de una mensualidad. En ese caso, es importante que intentes hablar con el inquilino, ya sea en persona, por teléfono o por escrito. Aunque siempre es más recomendable que lo hagas por medio de una comunicación escrita para cubrirte las espaldas desde una perspectiva legal.

Si no responde, puedes reclamar el pago. Por ejemplo, mediante una notificación fehaciente, que es un documento con acuse de recibo que se acepta como prueba jurídica. Esto puede realizarse a través un burofax o un conducto notarial, ya que tienen valor probatorio documental. Si a pesar de tus esfuerzos, el arrendatario no satisface las rentas no liquidadas, no te quedará más remedio que emprender acciones legales.

¿Cuál es el proceso jurídico para abordar una situación de falta de pago en el arrendamiento?

Si tus intentos afables de recuperar la vivienda y lo adeudado no funcionan, tendrás que contratar a un abogado especialista en desahucios. De hecho, puedes iniciar el proceso desde que se produce el primer impago de alquiler. No es necesario que esperes varios meses para reclamar las cantidades atrasadas.

El letrado presentará una demanda en la que pedirá al juez el desahucio del inquilino por falta de pago, además de la reclamación de las cuotas no abonadas del alquiler. En la mayoría de los casos, no se llega a celebrar el juicio, ya que para ello es necesario que el residente se oponga a la querella, de manera que el magistrado suele dar razón al propietario mediante decreto de archivo.

Cabe aclarar que el arrendatario tiene el derecho de pagar lo que debe realizando un depósito en el juzgado o ante notario. Este procedimiento se conoce como enervación y evita el desalojo, manteniendo el contrato de alquiler en vigor. Como arrendador o propietario, también puedes comprometerte a condonar toda o parte de la deuda a cambio de que el inquilino abandone el inmueble en el plazo pactado.

Si el intento amigable de recuperar la vivienda no funciona, tendrás que recurrir a la vía legal.

No obstante, si el arrendatario se opone a la demanda, deberás esperar hasta que se celebre el juicio y se dicte la sentencia de lanzamiento (desahucio) para recuperar la propiedad. Una vez se dicta resolución judicial, lo habitual es el que el inquilino abone la deuda pendiente y tenga que correr con las costas (gastos de abogado y procurador).

De este modo, se resolvería el contrato de arrendamiento por falta de pago y se devolvería al dueño la propiedad alquilada.

Si no es así, el representante legal del arrendador puede presentar una demanda ejecutiva en la que solicita el embargo de los bienes del deudor, para que haga frente a su obligación, y afronte las rentas devengadas hasta el momento del lanzamiento, así como el importe de los suministros sin liquidar hasta el día de su desalojo.

La demanda ejecutiva es una acción legal mediante la cual se solicita a un juez que ordene la ejecución de una sentencia u obligación.

Recuerda que, según el Código Civil, las deudas por impago del alquiler prescriben a los cinco años. Sin embargo, esto no significa que transcurrido dicho plazo la deuda expire y no sea exigible. Al contrario. Este periodo se reinicia siempre y cuando se constate que el acreedor ha reclamado el importe adeudado y este no ha sido satisfecho por parte del deudor.

¿Cómo puede ayudarte un seguro de impago de alquiler?

Si tienes un seguro de impago de alquiler, podrás activarlo tras el atraso de dos rentas mensuales consecutivas por parte del arrendador, aunque es necesario que hayas iniciado el proceso de reclamación de las mensualidades pendientes o emprendido las acciones judiciales de desahucio.

Con el seguro de Alquiler Protección Total no solo te adelantamos las mensualidades impagadas, según la modalidad que hayas elegido. También nos hacemos cargo de los gastos en los que incurras debido a los procedimientos administrativo, judicial, arbitral o de mediación derivados del contrato de alquiler, hasta un máximo de 5.000 euros. Además, cubrimos los daños que haya podido causar el inquilino en el inmueble, amén de otras coberturas opcionales que puedes contratar.

Finalmente, es importante tener en cuenta que el proceso de desahucio puede extenderse de 6 a 12 meses, abarcando desde el juicio, hasta la sentencia y su ejecución. Pero con el asesoramiento adecuado, podrás agilizar los trámites y, respaldado por un seguro de impago de alquiler, encontrarás la tranquilidad financiera que necesitas mientras todo se resuelve.

 
 

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