Área privada

Condiciones de contratación a distancia y derecho de desistimiento

Los presentes términos y condiciones regulan la operativa y el procedimiento de contratación a distancia de los seguros ofrecidos por SANTA LUCIA, S.A, Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante la Compañía) a través de la web santalucia.es

Tienen por objeto facilitar y poner a disposición del cliente, con suficiente antelación, la información concerniente a la Compañía, a los seguros objeto de contratación, a las condiciones de la contratación a distancia, al derecho de desistimiento y a los medios de reclamación e indemnización.

1. Datos identificativos de la compañia

SANTA LUCÍA, S.A, Compañía de Seguros y Reaseguros, con domicilio en Plaza de España número 15, 28008 Madrid; con NIF A28039790; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid con la siguiente anotación: 679/257-3ª/2012. Para su actividad, cuenta con la clave administrativa C0174 en el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

2. Descripción de las características de los seguros objeto de contratación

La información sobre los seguros se encuentra a disposición del cliente en las condiciones que los regulan, a las que se puede acceder en la web santalucia.es, así como en la documentación que se facilita antes de la contratación del seguro.

Los precios de los seguros se proporcionan en esta web en función de los datos facilitados por los usuarios sobre el riesgo a asegurar e incluyen los recargos e impuesto legalmente aplicables. Pueden variar si se verifican otras circunstancias reales del riesgo en el momento de la contratación.

3. Procedimiento de contratación a distancia y derecho de desistimiento

La contratación del seguro se podrá realizar a través de la web santalucia.es. Para ello, el cliente deberá facilitar los datos que se solicitan en el formulario correspondiente.

Se podrá formalizar la contratación del seguro, previa lectura y aceptación por el cliente de todos los documentos y condiciones reguladoras del seguro, así como también de la Política de Privacidad, en la que se informa al cliente de todos los extremos relativos al tratamiento de sus datos de carácter personal derivados de la contratación del seguro solicitado.

En caso de duda o pregunta podrá contactar con nuestro Servicio de Atención al Cliente en atencion@santalucia.es.

Derecho de desistimiento

Conforme a la regulación del artículo 10 de la Ley 22/2007, de 11 de julio sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, el cliente dispone de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia en los seguros de no vida y de 30 días naturales en caso de seguros de vida, a contar desde la fecha de entrega de la póliza. A estos efectos se considera que dicha fecha es la que figura en las condiciones particulares.

El derecho de desistimiento se tendrá que comunicar antes de que finalice el plazo por un procedimiento que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho, en un soporte de papel o en otro soporte duradero, disponible y accesible al destinatario. El cliente podrá gestionar su derecho de desistimiento mediante su notificación a la dirección electrónica atencion@santalucia.es.Una vez recibida la notificación de desistimiento por la Compañía, la cobertura del contrato de seguro quedará sin efecto.

La Compañía devolverá a la mayor brevedad y dentro de un plazo máximo de 30 días naturales desde la comunicación del desistimiento la prima satisfecha salvo, en su caso, la parte de la misma correspondiente al periodo de cobertura transcurrido desde el inicio del seguro hasta el momento del desistimiento.

En caso de comunicación de un siniestro no se podrá ejercer el derecho de desistimiento.

Otros derechos de resolución anticipada del contrato

La Compañía podrá rescindir el contrato en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de una reserva o inexactitud en las declaraciones efectuadas por el cliente antes de la celebración del contrato sobre circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo asegurado.

La Compañía podrá rescindir el contrato en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de una agravación del riesgo por la alteración de factores y circunstancias respecto a los declarados en el momento de la perfección del contrato que, de haber sido conocidas por la Compañía en ese momento, no lo habría celebrado. En los seguros de personas, no hay obligación de comunicar a la Compañía la agravación de circunstancias relativas al estado de salud del asegurado.

La legislación española aplicable a las relaciones derivadas del contrato de seguro figura en https://www.santalucia.es/informacion-legal.

La información previa, las condiciones del contrato, así como la formalización del contrato y la ejecución de las prestaciones derivadas del mismo, se facilitan en español.

4. Medios de reclamación e indemnización

La información sobre los sistemas de resolución extrajudicial de conflictos a los que puede acceder el cliente se proporciona en:

https://www.santalucia.es/servicios-para-ti/gestiona-tu-seguro/reclamaciones

El Consorcio de Compensación de Seguros tiene encomendada una función de protección a los acreedores por contrato de seguro (asegurados, beneficiarios y terceros perjudicados) en los casos de compañías en liquidación encomendada al Consorcio, o que se encuentren en situación de concurso de acreedores.