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Preguntas Frecuentes de Vida
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¿Por qué un seguro de vida riesgo?
- La capacidad para generar ingresos se puede considerar como el bien más valioso de su familia porque éstos le permiten obtener otros bienes, particularmente los necesarios para vivir y, por supuesto, las comodidades. Su necesidad de un seguro de vida riesgo dependerá de sus circunstancias personales y financieras. Si se identifica con alguno de los siguientes enunciados, es probable que tenga que considerar contratar un seguro de vida riesgo:
- Si tiene un cónyuge, pareja, hijos, padres u otro ser querido que dependa económicamente de usted. :
- Si quiere asegurarse de que su familia mantenga su nivel de vida y sus hijos tengan recursos suficientes para hacer frente a sus estudios. :
- Si tiene créditos personales o hipotecarios.
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¿Qué es la edad actuarial?
- Es la edad que se tiene en cuenta en los seguros de vida y se obtiene calculando la edad correspondiente a la fecha de cumpleaños más cercana (anterior o posterior) a la fecha de iniciación del seguro. En el supuesto de coincidencia de tiempo entre la fecha de cumpleaños pasada y futura se tomará como referencia la futura.
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¿Qué se tiene en cuenta para tarificar un seguro de vida?
- Su coste dependerá de su profesión, estado de salud, capital y su edad actuarial, esto es la edad correspondiente a la fecha de cumpleaños más cercana (anterior o posterior) a la fecha de iniciación del seguro.
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¿Es necesario pasar algún tipo de reconocimiento médico?
- En general, si el capital asegurado no supera los 100.000€ y el asegurado es menor de 45 años, no será necesario.
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¿Qué ocurre si una vez que me hice un seguro de vida riesgo, descubro que tengo una enfermedad?
- Si usted desconocía que sufría una enfermedad, no pasaría nada, además la validez del seguro no puede ser cuestionada una vez haya transcurrido un año desde su entrada en vigor.
La única causa posible de nulidad del contrato sería en caso de que la edad del asegurado no fuera la que se indicó al contratarlo y ésta superara la edad máxima permitida de contratación o hubiera supuesto un aumento de prima.
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¿Qué ocurriría si por equivocación, en el contrato se reflejara una edad superior a la que realmente tengo?
- En ese caso se le devolvería el exceso de primas pagadas.
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¿Puedo hacer un seguro de vida riesgo a una tercera persona?
- Desde luego que si, siempre que conste su consentimiento mediante su firma y no sea menor de 14 años.
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¿Puedo cambiar al beneficiario de mi seguro de vida riesgo?
- Sí, el tomador del seguro puede cambiar al beneficiario del seguro en cualquier momento, salvo que previamente haya renunciado a dicha facultad.
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¿Qué ventajas fiscales tiene un seguro de vida?
- Puede desgravarse las primas aportadas en el año como gasto deducible en el apartado de rendimientos de capital inmobiliario, siempre que dicho gasto hubiera sido necesario para la adquisición de la vivienda.
Y si como beneficiario del seguro de vida recibe un capital, su tributación dependerá de la normativa de la Comunidad Autónoma correspondiente. En todo caso, estaría sujeto por el impuesto de sucesiones o donaciones, impuesto éste que en algunas comunidades ya ha desaparecido.
Existen importantes reducciones en función del parentesco.
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¿Qué modalidades de vida riesgo tiene santalucía?
- En santalucía disponemos de distintas modalidades del seguro vida-riesgo con distintas duraciones y características que le permitirán diseñar a usted mismo su seguro de acuerdo con sus necesidades. Así existen entre otros:
- Seguros anuales renovables.
- Seguros plurianuales.
- Seguros específicos para cubrir nuestras deudas personales o hipotecarias.
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