Disponemos de Seguros de Vida Colectivos, Hipotecas obligatorio y de Riesgo:
Temporal Renovable:
El seguro se contrata por un año de duración, renovándose tácitamente.
El capital asegurado va adaptándose anualmente al importe de la deuda pendiente, queda fijo o incluso se revaloriza según el índice de precios al consumo para proporcionar una protección adicional.
Seguro Temporal a Capital Decreciente:
En esta modalidad el capital asegurado cada año se establece en razón de la deuda pendiente o con un decrecimiento anual constante que resulta de dividir el capital inicial asegurado entre el número de años de duración del seguro.
Si el Asegurado fallece durante el transcurso de seguro el Beneficiario cobrará el capital asegurado correspondiente al año de fallecimiento.