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Preguntas frecuentes

¿Quién puede asegurar?
Todo agricultor, ganadero, piscicultor o acuicultor que cultive o produzca cualquiera de las especies incluidas en el Plan de Seguros Agrarios, ya sea persona física o sociedad de cualquier tipo. También puede asegurar todo aquél que tenga interés en la conservación de la producción.

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¿Hay ayudas para pagar el seguro?
El Ministerio de Medio Ambiente Medio Rural y Marino, a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y también las Comunidades Autónomas subvencionan los Seguros Agrarios incluidos en el Plan, para que el coste de los mismos sea más asequible para el agricultor o ganadero.

Por el solo hecho de suscribir un seguro, tiene derecho a una subvención que, para su comodidad, le será descontada en el momento de la contratación, sin que usted tenga que hacer ningún trámite más, y si se incluye en una póliza colectiva, y además es agricultor o ganadero profesional, o su explotación está declarada por su Comunidad Autónoma como prioritaria, o pertenece a una Organización de Productores, tendrá derecho a la máxima subvención.

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¿Cómo se contrata un Seguro Agrario?
Los Seguros Agrarios se pueden contratar de forma individual o colectiva a través de la red comercial de santalucía.

Como tiene más ventajas la contratación colectiva, debe procurar incorporarse a una póliza colectiva de Iris Agrícola como Tomador que opera en su localidad y le asesora en los momentos de la contratación y en el momento de la tasación si ha tenido siniestro, todo ello mediante la Entidad santalucía como Coaseguradora de Agroseguro.

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¿ Qué se debe hacer antes de contratar un seguro?
Ante todo debe informarse de las condiciones del seguro que va a contratar. No olvide solicitar información de aspectos tan importantes como: - Qué producción y rendimiento debe asegurar. - Qué cobertura tiene el seguro, es decir, si le cubre el cien por cien del valor de la producción u otro porcentaje. - Qué riesgos le garantiza el seguro. - Qué periodo de carencia tiene, es decir, a partir de cuando tiene cobertura su producción. - Desde cuándo y hasta cuándo tiene cubierta su producción, es decir, cuál es el periodo de garantía. - Qué debe hacer si tiene un siniestro. - Cuando va a cobrar la indemnización. De todos estos aspectos debe informarle su Tomador o Agencia de Seguros.

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¿Cómo sé lo que tengo que asegurar?
Tenga en cuenta que debe incluir en la declaración de seguro todas las parcelas de la producción o todo el ganado que quiera asegurar. Además tenga presente tres pasos muy importantes:

1º Debe señalar la superficie real de sus parcelas y/o todo el ganado de su explotación. No olvide incluir las referencias catastrales de sus parcelas y/o el Número de Libro / código de su Explotación.

2º Los rendimientos, excepto en los Seguros Integrales y de Rendimientos, son de libre fijación por el agricultor, pero debe fijarlos considerando sus esperanzas reales de producción, es decir, debe asegurar la producción media que viene obteniendo durante los últimos años. Esto es muy importante, pues si asegura más de lo que va a obtener, pagará por más pero se le indemnizará por lo que realmente tenga.

3º Los precios a efectos del seguro son fijados por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.

Con carácter general, en todos los seguros se establecen precios máximos; si usted quiere asegurar a menos precio puede hacerlo. Este mismo precio será el que regirá en el caso de que tenga siniestro para calcularle la indemnización.

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¿Qué indemnización recibiré en caso de siniestro?
Si tiene siniestro cubierto por las garantías de su póliza, se calculará el valor de su producción, teniendo en cuenta los rendimientos reales esperados y el precio de los bienes asegurados, y aplicando a este valor el porcentaje de cobertura obtendrá el Capital asegurado, que es el límite máximo de la indemnización que percibirá.

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¿Cuándo tengo que asegurar?
Todos los seguros tienen un periodo determinado para contratarlo bastante amplio, pero no debe esperar al final y es preferible contratar lo antes posible.

Como existe un periodo de carencia, es decir no entran en vigor las garantías hasta que no pasa dicho periodo y por tanto su seguro todavía no le protege, no de lugar a que le ocurra el siniestro en esos días y asegure al Inicio del Periodo de Contratación.

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¿Ayuda el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino si no aseguro?
El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y las Comunidades Autónomas vienen manteniendo una filosofía bien clara: en caso de catástrofe por un riesgo que no pueda ser asegurado, podrán ayudar a aquellos agricultores y ganaderos que contratan los seguros agrarios. Por ello le recomendamos que asegure sus cosechas y su ganado, si son susceptibles de aseguramiento, es decir, si están incluidos en el Plan de Seguros Agrarios.

De este modo y como el Ministerio y las Comunidades Autónomas ayudan al que se ayuda, en caso de catástrofe natural no cubierta por su póliza podrá recibir ayudas oficiales para paliar sus efectos.

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¿Dónde puedo informarme de los Seguros Agrarios?
No dude en dirigirse a santalucía y a la Asociación Iris Agrícola donde le facilitarán toda la información que precise.

Si desea recibir información en su propio domicilio, escriba una carta a santalucía, Plaza de España, 15, 6ª Planta. 28008 Madrid, Fax: 91 541 66 44, indicando los seguros en los que esté interesado.

También puede contactar a través de la Web de santalucía introduciendo sus datos en el formulario de solicitud de información.

Por último, en las Agencias de santalucía estarán encantados de informarle de todos los seguros que desee.

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