26
Abridora (Entidad)
En coaseguro, entidad que negocia las condiciones del contrato de seguro con objeto de suscribir un riesgo y dirigir su cobertura en nombre de varias.
Abridora (Entidad)
Suceso debido a una causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado, que causa un daño.
Abridora (Entidad)
Acto por el que una entidad aseguradora asume la cobertura de un riesgo, y al que sigue la suscripción y formalización de la póliza.
Abridora (Entidad)
Las actuaciones voluntarias con intención de causar daños en los bienes asegurados, cometidas por toda persona distinta o ajena al asegurado, tomador, sus socios y familiares y a aquellas que posean o tengan cedidos los bienes asegurados por cualquier título.
Abridora (Entidad)
Profesional de la ciencia actuarial que trata los problemas financieros, matemáticos y estadísticos relacionados con el análisis del riesgo y el seguro.
Abridora (Entidad)
Conformidad a que llegan las partes respecto a un conflicto planteado. Se puede producir bien extrajudicialmente, o bien durante el pleito, poniendo fin al mismo.
Abridora (Entidad)
Acto por el que una de las partes expresa su voluntad de unirse a un acuerdo en cuya elaboración no ha participado.
Abridora (Entidad)
Empresa destinada a gestionar asuntos ajenos o a prestar determinados servicios. Sucursal o delegación subordinada de una empresa.
Abridora (Entidad)
Persona física o jurídica que actúa de intermediario en la gestión de operaciones de seguros, obteniendo como contraprestación a las funciones que realiza una retribución denominada comisión.
Abridora (Entidad)
Aumento en la peligrosidad de un riesgo cubierto por una póliza que deviene por acontecimientos ajenos o no a la voluntad del asegurado, quien está obligado a comunicarlo a su entidad aseguradora, para que ésta opte por la modificación del contrato o la rescisión del mismo.
Abridora (Entidad)
Variación en la naturaleza del riesgo, por la que, si es accidental, puede rescindirse el contrato a voluntad de ambas partes, si la variación se produjo por causa del asegurado la decisión de la rescisión compete exclusivamente a la entidad aseguradora.
Abridora (Entidad)
Pago anterior al momento en que se origina el débito. En seguros recibe esta denominación el importe mínimo de la indemnización que el asegurador ha de satisfacer al asegurado dentro de los cuarenta días siguientes a la recepción de la declaración de siniestro, a cuenta del importe definitivo. En determinadas clases de seguro de vida, es la cantidad que puede percibir el asegurado, si ejercita su derecho de rescate y que puede llegar a alcanzar el importe de la reserva matemática constituida hasta el momento en que se ejercita el citado derecho.
Abridora (Entidad)
Período natural de tiempo, de doce meses, que normalmente se utiliza como base para la contratación de pólizas con carácter prorrogable.
Abridora (Entidad)
Finalización de la relación contractual entre un asegurado y una entidad aseguradora.
Aportación
Cuota en euros de los partícipes en un Plan de pensiones con el fin de financiar las prestaciones.
Asegurado
Persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que en defecto del Tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.
Asegurador
Persona jurídica que asume el riesgo contractualmente pactado.
Asegurar
Celebrar un contrato de seguro por el que un asegurador responde de cualquier daño fortuito que sobrevenga a las personas o a las cosas aseguradas.
Asociado
Persona perteneciente a una asociación; mutualista.