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Tipo de vivienda*Piso vecindad planta bajaPiso vecindad plantas altasVivienda unifamiliarTipo de vivienda: Piso vecindad planta baja: la vivienda a asegurar forma parte de un edificio de viviendas en altura, y corresponde con la Planta baja del edificio.Piso vecindad plantas altas: la vivienda a asegurar forma parte de un edificio de viviendas en altura, y no se encuentra en la planta baja del edificio.Vivienda Unifamiliar: la vivienda a asegurar, no forma parte de un edificio de viviendas, y puede corresponderse con un casa independiente y de uso individual, de una sola o varias plantas.
Uso de la vivienda*PrincipalSecundariaUso de la vivienda: Vivienda principal, vivienda en la que el asegurado reside de forma habitual, no desocupada durante períodos de tiempo superiores a 30 días de forma continua.Vivienda secundaria, vivienda en la que el asegurado reside de forma esporádica, como fines de semana o vacaciones.
Superficie construida (m2)*Superficie construida (m2): Metros cuadrados construidos de la casa. Esta información puede consultarla en las escrituras de propiedad de la vivienda que desea asegurar
Es necesario cumplimentar alguno de los campos continente o contenido
ContinenteContinente: Para fijar el valor de la vivienda o continente (muros, techos, paredes, suelos...) se tendrá en cuenta el coste de reconstrucción de la misma.Debe conocer la superficie y el valor orientativo del metro cuadrado de su vivienda y multiplicar ambos valores.- La superficie en m2: m2 construidos de su vivienda y de las dependencias anexas (garajes, trasteros, etc).- El valor del m2: según el tipo de vivienda.Le ofrecemos un valor orientativo mínimo que usted podrá modificar por encima del mismo:- Pisos vecindad: 700,00 euros /m2- Unifamiliares: 800 euros /m2- Valor Plazas de garaje, trasteros, y otras dependencias: 243 euros /m2
ContenidoContenido: La valoración del valor del contenido o mobiliario ha de realizarse según su coste actual de reposición (muebles, electrodomésticos, ropas).Se consideran bienes excluidos, los vehículos y los objetos de valor especial (los que tienen un valor unitario superior a 1.600,00 euros) y las joyas cuyo valor sea superior al 10% de la suma de Contenido Asegurada. Usted podrá asegurar estos artículos en los siguientes campos del presente cuestionario.Si la vivienda es la principal, el capital de Contenido debe estar comprendido entre 21.000,00 y 42.000,00 euros. Para una vivienda secundaria, el capital de contenido debe estar comprendido entre 12000 y 42000 euros.
Responsabilidad Civil*300,000.00600,000.00Responsabilidad Civil: La cantidad que decida seleccionar se corresponderá con el límite que su póliza de Hogar garantice como máximo en caso de que Vd. resulte civilmente responsable por daños y perjuicios ocasionados a terceros
Objetos de valor especial hasta 6.000 EUObjetos de valor especial hasta 6.000 EU: Son objetos de valor especial, aquellos que tienen un valor unitario superior a 1.600,00 euros, y la naturaleza del objeto es la siguiente:- Colecciones- Los objetos, tapices o cuadros con valor artístico o histórico (necesidad de acreditación documental por el correspondiente mercado de arte).- Las prendas de piel.
Joyas en cajas de caudales (+10%)Joyas en cajas de caudales (+10%): Si desea asegurar e incluir dentro de la póliza de su seguro de Hogar las Joyas cuyo valor sea superior al 10% de la suma de Contenido Asegurada, deberá hacerlo indicando de manera expresa su valor.Consideramos como Joyas, los objetos de oro o platino, con o sin piedras engarzadas, así como las monedas de oro o platino.Las Joyas deberán estar guardadas en una caja de caudales. Entendemos por Caja de Caudales, la caja fuerte dotada de cerradura de seguridad, cuyo peso es superior a 100 Kg y se encuentra empotrada en la pared. Si las joyas no están guardadas en la misma, deberá asegurarlas como joyas fuera de caja de caudales.
Joyas fuera de cajas de caudales (+10%)Joyas fuera de cajas de caudales (+10%): Si desea asegurar e incluir dentro de la póliza de su seguro de Hogar las Joyas cuyo valor sea superior al 10% de la suma de Contenido Asegurada, deberá hacerlo indicando de manera expresa su valor.Consideramos como Joyas, los objetos de oro o platino, con o sin piedras engarzadas, así como las monedas de oro o platino.
VehículosVehículos: Si lo desea, podrán quedar cubiertos por la póliza los daños ocasionados por incendio, explosión externa, y caída de rayo, a cualquier vehículo a motor, remolque, caravana o embarcación, que siendo propiedad de usted, persona asegurada, se encuentren dentro de la vivienda objeto de este seguro o en dependencias anexas.Deberá indicar de manera expresa su valor en este apartado.Le recordamos que si usted dispone de un seguro de vehículo puede que tenga ya cubiertas estas garantías.
Accidentes CorporalesAccidentes Corporales: La Asistencia en accidentes, garantiza el abono de la indemnización correspondiente cuando alguno de los Asegurados sufra un accidente corporal en cualquier parte del mundo, tanto en el ejercicio de su profesión, como en su vida privada, que produzca su muerte o invalidez permanente.
Ampliación Reposición EstéticaAmpliación Reposición Estética: Mediante esta garantía se amplía la garantía básica de reposición estética en que el Asegurador indemnizará a primer riesgo, por siniestro y anualidad de seguro, hasta el 5 por 100 de la suma asegurada para el Continente y con un límite máximo de 1.600 euros.
Construida con materiales incombustibles*NoSíConstruida con materiales incombustibles: Una vivienda ha sido construida con materiales incombustibles, cuando la estructura es de hormigón armado, metálica protegida, de ladrillo o cantería, o de la combinación de estos materiales exclusivamente.La cubierta y los cerramientos tampoco han de tener materiales combustibles.
Situada en núcleos de población con 50 o más viviendas*NoSíSituada en núcleos de población con 50 o más viviendas: Su respuesta deberá ser afirmativa en el supuesto de que la vivienda que desea asegurar se encuentre en un núcleo de población constituido por al menos 50 viviendas, o esté situada a menos de 1 Km de distancia de un núcleo de población constituido por al menos 50 viviendas.En caso contrario, su respuesta deberá ser negativa.
Deshabitada más de 30 días al año o no pernocta habitualmente ninguna persona en ella*NoSí
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